Don Juan Alonso de Guerra y Sandoval, caballero del orden de Santiago, Cronista y rey de armas del rey nuestro señor Don Felipe Quinto (que Dios guarde) en todos sus reinos, dominios y señoríos, mayor de la sacra orden y religión de san Juan, en los de Castilla y León, y de las militares de Santiago, Calatrava y Alcántara, Regidor perpetuo de la Imperial ciudad de Toledo en el estado y banco de Caballeros. Certifico que por los libros de armería, copias de linaje, historias, nobiliarios, sumarios, minutas y otros papeles, que originales pasan en mi poder, en el archivo del real cargo de mis empleos, parecen y están escritos en ellos los ilustres apellidos de Murias, Mon, Fernández, de la Lastra. Su origen, armas y significados en la forma y manera siguiente.

ES GRACIA particular del altísimo criador de todas la cosas, nacer el hombre

MON EL TOMO ORIGINAL de armas, casas, solares de diferentes autores (séptimo en numero dentro archivo), tratando al Folio 30 desta familia, dice: que una de las casas de antigüedad inmemorial y calidad conocida del Principado de Asturias de Oviedo es esta del apellido de Mon, la cual está situada en el lugar de su propio nombre de Mon, del concejo de Santa María de Oscos, uno de los del referido Principado, cuyo origen se apartó tanto de la inteligencia de los genealogistas e historiadores que en lo más exacto de su ciudad, les impidieron el conocimiento a su investigación los muchos siglos que atravesaron desde que fue cimentada, no determinando si dio su apellido y nombre al lugar de Mon o si de él le tomó. Y en esta duda consiste el mayor decoro de la casa por provenir de su larga antigüedad y ser este resquicio tan grande en los linajes, que le califican por el primero las leyes del Emperador Justiniano y de nuestro rey D. Alfonso el sabio, asentando que cuanto más antiguo es un linaje tanto es mas calificado; Como dejamos referido en el de Murias fuera de que en cualquiera de los dos motivos tiene esta casa, origen de los más estimados entre la nobleza de los reinos porque si comunicó su apellido al lugar de Mon, necesariamente había de ser o por ser su fundador o por sobresalir tanto esta casa, que por su autoridad y la de su dueño, tomare della el nombre el lugar; y si éste se le participó a esta casa, también la deja en consecuencia de ser de las primeras en autoridad que le componen y no inferior a otra alguna en antigüedad. Todo lo qual se infiere de otras casas nobles destos reinos, en quien resuenan apellidos que son propios nombres de los lugares o tierras donde eran radicados por ser punto asentado que tales apellidos se tomaron o por los parientes mayores y dueños de las casas, fueron heredados por los señores reyes en aquellas tierras o lugares, o porque tuvieron parte y división en ellas o porque se las dieron en feudo o en honor, o porque las conquistaron de algunos de los enemigos desta corona, que fueron de tan varias naciones como se sabe, Tuvieron en ella dominio o porque fueron los primeros que la poblaron, y siendo todos tan ilustres principios, en cualquiera dellos queda bien condecorada esta casa, la cual tiene y ha tenido además de dilatados cotos y términos, tres o más torres fuertes para su autoridad y defensa y venir piezas montadas, por lo que para conservación de tanta representación como ha tenido esta casa desde su primer florecimiento, habiendo quedado tan solo una de sus torres fuertes, por haberlas arruinado la injuria de los tiempos, solicitaron los señores y poseedores della de la confirmación de tan honrosa prerrogativa; como la consiguieron por cédula y privilegio de nuestro emperador Carlos 5º en cuya virtud años después las levantó y reedificó de nuevo Don Arias Matías de Mon, señor y poseedor de la misma casa, sus cotos y jurisdicciones, hijo legítimo de D. Fernando de Mon, Lamas y Balboa, tambien señor della; sin embargo de haber tenido sobre su reedificación pleito de contradicción que ganó y venció en la real chancillería de Valladolid.

Si por lo venerable de su antigüedad, gran representación, heroísmo continuado y permanentes de su nobleza, se halla la casa de Mon con prendas de tan asegurada estimación no la resulta menor de lo que sus dueños y descendientes han sabido merecer con servicio de los señores reyes de León y Castilla, siendo la mayor de sus consecuencias haber concurrido año de 718 uno dellos (cuyo propio nombre encubrieron las cenizas de tan repetidos siglos) en Covadonga, a la aclamación y elección del señor rey D. Pelayo y haberse ostentado fino y valeroso en servicio de aquel glorioso príncipe, primer renovador de nuestra España a quien casi enteramente ya señoreaban los moros, que cuatro años antes en el 714 empezaron a inundar por haber vencido y desbaratado al infeliz D. Rodrigo, último rey de la goda monarquía, manteniéndose este otero en tan justo empleo, con la segura confianza que prometían los especiales favores divinos en repetidas y milagrosas victorias y la más celebrada y grande de Covadonga, la cual así como fue la más gloriosa y señalada que tuvieron las armas de su rey D. Pelayo, así también fue la de mayor consecuencia para estimación de los primeros conquistadores de nuestra España, por haber sido puerta por donde llegó tal felicidad.

Está tan asegurado este esplendor en el ilustre progenitor desta casa de Mon, que para que de sus operaciones no pudiese triunfar el olvido, a más de no haberse contentado con “paso tan” a las ruinas la noticia del interés que tuvo su valor en tan grandes progresos lo cifró todo en el heroico blasón de sus armas, dejando en él, a su casa, sucesivo y permanente testimonio de su nobleza, de su autoridad, de su poder, de sus lucimientos y de su antigüedad, el cual es y se compone: De un escudo el campo de oro y en él roble verde puesto sobre una terrasa natural, acompañado de un hombre armado y está asido con la mano izquierda a una de sus ramas y de su tronco atados dos lebreles con cadenas y sobre la terrasa dos espadas hendidas acompañadas de un brazo armado con una daga empuñada, el cual está cortado y chorreando sangre, circundado todo de una orla del mismo metal del campo, dividida en perfil rojo y en ella el siguiente mote. “Estas armas y blasón son de la casa de Mon, como fuerte las gané y así las defenderé” Las letras rojas.


Así como están compuestas en el segundo cuartel del otro escudo que da principio a este trazado. Sucedió de unos en otros en el señorío de esta casa de Mon en sus cotos y jurisdicciones Arias de Mon Bermúdez Castro tal que habiendo casado con Dª Teresa de Ron, hija de la muy noble y conocida casa de su ilustre apellido procreó en ella por hijo legítimo a D. Fernando de Mon Teixeiro y Ron que sucedió en el señorío de su casa y casó con Dª Constanza de Murias, hija y legítima descendiente de tan esclarecido tronco, que asimismo sucedió en la casa de su apellido y contrajo matrimonio con D Juan de Gegunde y Lamas, descendiente destas nobles familias en que procreó, entre otros por hijo legítimo a D. Fernando y D. Atanasio de Mon Lamas Ron 

El D. Fernando siguió en la casa y el D. Atanasio se pasó a la provincia del Bierzo en donde se avecindó y casó en el Campo de Naraya, del cual provienen los que en esta provincia florecen con este apellido de Mon y juntamente la línea que pasó a Andalucía e hizo su asiento en la villa de Teba, procediendo en una y otra parte de tan generosas líneas como desta familia van expresadas, ilustres ramas que en todas ellas donde han hecho su asiento y morada han conservado el alto esplendor heredado de nobleza de sangre, gozando como tales en todos tiempos de todas las preeminencias y honores que se han guardado y guardan a los caballeros nobles, hijosdalgo de sangre, según leyes de los reinos, de todo lo cual dan irrefragable testimonio las nobilísimas líneas que déste apellido de Mon ilustran el principado de Asturias, pues consta ser el tronco de adonde proceden, casa solariega, infanzona y de armería y sus descendientes hijosdalgo.

De sangre de inmemorial posesión y una información y probanza que hizo de la nobleza y descendencia desta casa de Mon el año de 1661 en el concejo de San Martín de Oscos ante Pedro de Lastra Pasarón, alcalde y justicia mayor ordinaria de dicho concejo y ante Juan de San Pedro, escribano de su majestad, con citación de Domingo de Cubiaño, procurador del estado de los buenos hombres pecheros, que original pasa en poder de los señores desta casa y de que tenemos copia a la que me remito.

Y aunque pudiéramos dilatarnos más en referir algunos memorables héroes desta casa de Mon que han servido a los señores reyes desta corona con gran lealtad y valor, ejecutando heroicas proezas en la conquista y recuperación de los reinos, por las cuales aumentaron nuevos realces a su familia, como tambien merecieron obtener por ellas, así en lo político como en lo militar y eclesiástico, los empleos más condecorados e ilustres adornados con togas, bastones y mitras, lo omitimos por la precisión de ceñirnos a la certificación que se nos pide y por quedar asimismo con este breve expresado el gran lustre y esplendor desde linaje y su realzada nobleza continuada desde el inicio sin interrupción en sus nobilísimos descendientes.

Los enunciados Pedro de Murias y Medas y María Fernández de Mon, descendiente de tan esclarecida casa, constante su matrimonio procrearon entre otros por hijo legítimo a

                                                            VII

Pedro Fernández de Murias Mon, el cual en continuación del lustre heredado de sus mayores gozó como ellos en dicho lugar de Murias del acto distintivo que por su calidad le correspondía y habiendo casado con María Díaz Magadán descendiente desta casa que goza de los esplendores de nobleza en esta corona procreó entre otros por hijo legítimo a

                                                         VIII

Antonio Fernández de Murias Mon y Magadan, natural del mencionado lugar de Murias, el cual pasó al lugar de Abelleriza, jurisdicción de la villa de Villanueva de Oscos en dicho principado de Asturias en donde se radicó y casó con Agueda Fernández de la Lastra, hija legítima de Juan Fernández de la Peña y de Clara Fernández como consta de instrumentos que referimos, como tambien el dicho Antonio Fernández de Murias gozó en dicho lugar y aquel distrito del citado correspondiente a su notoria calidad e hidalguía y por cuanto la expresada Agueda Fernández de la Lastra fue legítima descendiente de los nobilísimos solares de sus apellidos y en cuya inmemorial posesión escribieron de sus padres y abuelos como asimismo consta de los dichos instrumentos que citaremos; pasaremos a referir el nobilísimo origen y armas de cada uno de dichos apellidos para que las partes para quien escribimos como legítimos descendientes de dichas casas por esta línea tengan alguna inteligencia.....

FERNÁNDEZ, EL YLUSTRE APELLIDO del patronímico de Fernando, es uno de los más antiguos, más aseguradamente Nobles y Resplandecientes entre los de más esplendor en el dicho Principado de Asturias, pues tuvo por progenitores a cuatro de los primeros varones que el año de 718 (como tenemos dicho) aclamaron por natural rey y señor al feliz Infante Don Pelayo, los cuales fueron Toribio Fernández y tres hijos suyos, cuyos primeros nombres envueltos en las oscuras tinieblas de los siglos se escondieron a la mayor inteligencia de los historiadores.

Estos, pues, cuatro esclarecidos héroes, después de haber intervenido en la elección del señor rey D. Pelayo fueron de los más señalados que le sirvieron desde los primeros y felices pasos que dio en la deseada recuperación de la afligida España; particularizándose en las cosas más notorias, como fueron la milagrosa batalla de Covadonga, a donde la necesidad y pocas fuerzas hizo acoger a dicho D. Pelayo con solos mil combatientes repartiendo el mito de su corto ejercito por la montaña y a donde resistió el formidable paso de los moros; que como ya les restaba casi solo aquel término para hacerse enteramente dueños de la corona arroparon allí sus mayores fuerzas. Pero la infinita misericordia en conflicto tan grande hizo instrumentos a los mismos bárbaros para castigar su tiranía y sacó aquellas cortas reliquias de la cristiandad de tan precisa aflicción, siendo servida con que las saetas y piedras (armas propias de aquel tiempo) conque los moros pretendían acabar con aquel corto residuo de los cristianos, retrocediendo a ellos mismos perdiesen por sus propios impulsos las vidas y conque a los que no comprendiese este castigo le tuviesen por otro medio, pues llevándolos el terror de tan admirable efecto a reparase en lo áspero de la montaña, esta se dividiese en trozos y desbordase al río Deva, quitando las vidas a aquellos últimos mahometanos, a unos entre las despeñadas rocas y a otros con el curso de las aguas.

Fueron asimismo estos cuatro caballeros, progenitores de este Linaje unos de los que sirviendo al dicho señor rey se hallaron el año 722 en la conquista de la ciudad de León, que fue cuando se ganó la primera vez, en donde por sus muchos méritos motivaron a aquel glorioso príncipe a que los honrase con premios del mayor honor que pudo percibir su posteridad en lo estrecho de aquel tiempo, porque lo primero los graduó de infanzones, que era el superior grado de nobleza, hasta que se instituyó 52 años después la dignidad de rica hombría que corresponde ahora a la de grande de España y lo segundo les honró con blasones y armas que perpetuamente manifestasen sus heroicas proezas y sirviesen de estímulo para imitarlas.

Como se colige de las primeras armas que usó este linaje, las cuales se componían de un escudo el campo de plata y en el roble verde acompañado de un León de su color que tiene por despojo a sus pies a un lobo negro de que aún hacen alarde algunas ilustres ramas de este apellido en conservarlas para gloriosa memoria de los esclarecidos motivos que concurrieron para su consecución en sus excelsos progenitores; pero como en los nobles el deseo de honra es insaciable ésta motivó a que los insignes campeones que ha producido esta Familia, no contentos con tener tantos reales que blasonar, deseando no terminar los méritos que tan glorioso principio tuvieron, los continuaron adquiriendo de nuevo por sus señaladas proezas en servicio de sus príncipes nuevos trofeos y armas que han logrado la común aceptación de toda su familia, pues desde que merecieron su concesión, olvidando las antiguas, usaron siempre dellas en la forma en que se componen y organizan, que son: De un escudo en campo azul cinco flores de oro puestas en sotuer circundado de una orla roja dividida con perfil de oro y en ella en ocho aspas del mismo metal.

De la manera que van delineadas en el tercer cuartel del otro escudo que antecede a esta despacho.

Con estos tan grandes honores fundaron la primera casa solariega déste linaje de Fernández sus ilustres progenitores distancia de una legua de la misma Covadonga y de aquí como perenne fuente comunicó raudales de copiosa nobleza no sólo aquel Principado de Asturias en los concejos de Grandas, Ibias y otros, sino a los reinos de Galicia, León y Castilla y otros desta monarquía en donde sus legítimos descendientes han gozado y gozan continuada y sucesivamente cuantos honores, prerrogativas, excepciones innumerables y puestos honoríficos tocan y pertenecen a los caballeros nobles

Hijosdalgo de sangre de los reinos que es cuanto se puede ponderar de la casa más calificada dellos.

Para mayor demostración de lo mucho que fue en la antigüedad este apellido de patronímico de Fernández de la copia larga de las exaltaciones que de él refieren los escritos, consta que uno de los principales héroes que déste linaje florecieron fue el conde D. Nuño Fernández, el cual fue uno de los caballeros de mayor autoridad de su tiempo y como tal obtuvo la dignidad de Rico Hombre del rey D. García Primero de León.

Asimismo ilustre este linaje como uno de sus campeones Asuer Fernández que por sus relevantes prendas y servicios obtuvo también la dignidad de Rico Hombre por merced del rey D. Ramiro II, cuyos privilegios confirmó como tal el año 950y el de 955, reinando en dicha corona de león el rey D. Sancho el Primero, hallamos que dicho señor rey honró al mencionado Asur con el título de conde y le dio el gobierno de Monzón.

Suero Fernández y Orbita Fernández fueron de los señalados y valerosos capitanes que florecieron en el reinado de dicho señor rey D. Sancho, el cual premiando sus grandes servicios los calificó tambien con el alto honor de sus Ricos Hombres.

Orbita Fernández fue uno de los héroes antiguos déste linaje que dejaron de sí más memoria a la posteridad; pues habiendo recibido por su gran calidad y proezas servicio de los constituidos en la alta dignidad de Rico Hombre del nunca bastantemente celebrado el señor conde de castilla Fernán González por los años de 963, fue asimismo uno de los valerosos caballeros que siguieron sus victoriosos pendones hasta sacrificar la vida en la memorable batalla de Hacinas a manos de los moros, con el cargo de Alférez Mayor de dicho Príncipe a quien también siguieron con acreditado valor Sancho y Gonzalo Fernández ... Orbita y a emulación de unos y otros.

Obteniendo la misma dignidad de Rico Hombre, como todo lo exhibe el doctor Salazar de Mendoza en el origen de las dignidades seglares de Castilla y León a los folios 15, 16, 17, 18, 25 y otros.

Habiendo pues respectivamente producido esta casa tan alentados varones que merecieron enriquecerla con los nuevos blasones de las “proezas” que dejamos referidas, adquiridos en el largo progreso de la guerra con los moros de los reinos y en otras con los príncipes extranjeros, especialmente con los franceses, cuya insignia son y divisa. Omitiendo la larga serie de otros muchos héroes déste linaje, que aunque ramas d él consiguieron por su virtud y méritos el hacerse progenitores de distintas casas solariegas que florecen en este apellido en las mismas................................................................................y por no corresponder al de la línea para quién escribimos últimamente entre los héroes gloriosos ascendientes desta casa y descendientes de su primitiva casa que está cerca de Covadonga que acabaron de completar los ilustres blasones con que se honran sus generosas ramas que se hallan esparcidas y radicadas por el dicho Principado, fue uno Diego Fernández tan fino y valeroso servidor del santo rey D. Fernando tercero de Castilla que fue uno de los cinco infanzones que acompañaron a D. Lope Díaz de Haro décimo señor y conde de Vizcaya, cuando de orden de dicho santo rey, año de 1227 introdujo el feliz socorro en la ciudad de Baeza y la aseguró en el dominio católico. Victoria tan estimada que para dejarla memorable a sus descendientes que por haberse conseguido el día del glorioso apóstol san Andrés aumentaron los intereses en ella en sus escudos, la insignia de la “cruz de san Andrés”, orlando el dicho Diego Fernández, el de ésta casa con ocho dellas en oro en campo rojo en la forma que en la expresión que hacemos de sus armas va referido

Por todo lo cual se manifiesta la grande antigüedad, notoriedad e hidalguía déste esclarecido linaje del apellido patronímico de Fernández y el gran lustre y esplendor que por ello les corresponde a sus descendientes como lo refieren más latamente tratando desta casa entre otros autores el citado Diego de Valdivia en su tomo 2º al folio 73 y don Juan de Mendoza en su tomo de casas, solares y Armas (7º en número) al folio 135 conviniendo en que en todo tiempo han salido della valerosos caballeros que se han hallado en las conquistas de los moros hasta su último desarraigo en el reino de Granada, como también en los descubrimientos de las Indias en donde se mantienen en el acto victorioso y noble de su principio; como parece de diferentes árboles genealógicos de D. Juan Flores de Ocariz. Asimismo que acompañaron los déste linaje al invictísimo señor Emperador Carlos 5º en las sangrientas guerras de Italia, especialmente cuando en pavía de Lombardía se hizo prisionero al rey Francisco de Francia en donde se señalaron como buenos y valerosos guerreros como también en todas las demás empresas que en sus tiempos se han ofrecido en servicio de los señores reyes de esta corona.

Explicado ya el nobilísimo origen, solar y linaje del mencionado apellido patronímico de los Fernández nuestro asunto ejecutaremos lo mismo (aunque con la misma concisión que los anteriores) con el ilustre de La Lastra, deduciéndolo de los autores más clásicos y que más individualmente han tratado de él en la manera siguiente.

LA LASTRA, EL APELLIDO LUSTRE y antiguo de ......, de quién los más clásicos y verídicos autores previenen grandes elogios y alabanzas, hace gallarda ostentación de su nobleza en el Teatro del Mundo cuya calidad tan elevada es a un mismo tiempo flor y fruto, manjar de tan preciosos quilates y sus méritos loables alimenta y recrea las familias venerables; siendo esta utilidad de la república deleitable “suspensión” de los ánimos y ejemplo para la mejor educación de la naturaleza y basa en que se afianza los más heroicos edificios de la gloria humana: así reconocemos s digno de lograrla y poseerla el noble y virtuoso por ser prendas con que se logra el principal fin de una permanente creación. Por lo cual no adquiere menos antes sí más grandeza el que con el nacimiento y heredad de sangre se acompañó de una sólida virtud, pues ésta le empeña y estimula al ejemplo de más prodigiosas hazañas, porque en los linajes se esperan las virtudes como preciosas deudas y así el noble desde su tierna infancia pronostica felices sucesos, a cuyo fin decía el divino Platón se amase con extremo a los infantes de claro nacimiento y sangre pues ésta era en ellos seguridad de maravillosas obras por la facilidad con que se imprimen en el noble porque como evitan preciosa la materia percibe como mayores primores la difusa y mejor forma.

El arte que una vez (a industria del jardinero) ingerido se descuella en frutos cualquier rama le imita por no degenerar del tronco. Y siendo de las más calificadas ramas en sangre y antigüedad esta del apellido de La Lastra parece que da a esta troncal nueva vida y ser. Como se manifestará en esta nueva insinuación anotando alguno de los claros varones que más inmediatamente tocan a este asunto.

El eminente general D Juan Baños de Velasco en su Becerro general de familias nobles de España título de La Lastra y el citado D. Juan de Mendoza en su tomo original de Genealogía Armas y Solares al folio 938 dicen que este nobilísimo linaje trae su origen de la nobilísima casa solariega, infanzona y fuerte de los Ríos, una de las ilustres y esclarecidas de la montaña de Burgos, porque un caballero hijo y descendiente della llamado Diego Gutiérrez de los Ríos, habiendo sido heredado en el lugar de Robledo y Arrando Valle las Ruevas fundó en este lugar en un sitio lleno y poblado de losas, las cuales en aquel lugar llaman lastras, por cuya causa se originó este apellido al dicho Diego Gutiérrez en memoria de corresponder al territorio y lugar en que edificó su casa. Desta pues primitiva casa déste apellido de Lastra o La Lastra una de sus ramas que con inmemorial antigüedad, grande, sucesiva y continuada nobleza florece en estos reinos, es la que pasó al Principado de Asturias no solo por provenir de tan ilustre linaje y al mérito de su esclarecido progenitor, el cual fue Pedro Sánchez de La Lastra, valeroso caballero que sirvió al santo rey D. Fernando en las conquistas de las ciudades de Baeza, Córdoba y Sevilla, habiéndose antes señalado en el servicio del rey D. Alfonso el Nono en la memorable batalla de las Navas de Tolosa, año de 1212 por lo que deseoso de aumentar para su familia nuevos esplendores y perpetuar los adquiridos por sus hazañas, habiendo hecho su asiento en el lugar de Nogueira, concejo de Granda fundó en él Segunda casa déste apellido que constando de los requisitos que la constituyeron y constituyen Solariega e Infanzona es sobretodo lo que ha hecho más estimables la Secundidad con que ha producido en todo tiempo varones muy señalados y repetidas armas que en el mismo principado de Asturias y otras partes de estos reinos propagan lustrosamente su nobleza conservada hasta hoy sin interrupción en sus ilustres descendientes.

El primero que floreció desta noble casa de La Lastra del lugar de Nogueira y que heroicamente ambicioso de gloria dio principio a ilustrarla con señalados hechos de valor para ser participe en los esclarecidos timbres de ser generoso tronco de conquistadores desta corona fue el ilustre Juan Pérez de La Lastra, hijo del mencionado Pedro Sánchez, el cual sirvió a los señores reyes D. Alonso el sabio y D. Sancho el cuarto su hijo, especialmente en la compañía del esclarecido “Guzmán el Bueno” en la heroica empresa de la defensa de Tarifa y fue padre de Pedro Gutiérrez de la Lastra que tuvo por hijo a Juan Pérez de La Lastra, que en la prodigiosa batalla del Salado año de 1332 cumplió con las obligaciones de su sangre. De todos los cuales proceden generosas líneas que continuando sus realces ilustraron el dicho concejo de Grandas, el de Santalla de Oscos, el de Castropol, el de Pesoz y otros del referido principado donde se hallan esparcidas y radicadas, en cuyas posesiones sus descendientes siempre se han conservado con lustre y esplendor de caballeros nobles hijosdalgo gozando como tales de todas las excepciones que por ello les competen como a más de lo dicho consta por diferentes instrumentos principalmente para su información que a pedimento de Alonso Díaz de la Lastra y de su poder aviente Domingo Pérez de La Lastra y Pasarón se hizo en la villa de Santalla de Oscos en 20 de Julio del año de 1672 ante D. Diego Bermúdez Becerra, Castropol y Navia, alcalde mayor y justicia ordinaria de dicha villa y concejo y por ante Pedro Abad Monteserín escribano de su majestad cuya copia tenemos en el dicho tomo 24 a la que nos remitimos omitiendo su expresión por ceñirnos a la brevedad déste asunto y por quedar con lo referido, manifestada la grande antigüedad y nobleza déste linaje y su nobilísimo origen que es lo que pertenece a éste tratado.

Lleva por armas esta noble familia La Lastra del principado de Asturias (a distinción de otras líneas que eran en las montañas de Burgos y otras partes destos reinos) según sentir de los autores citados un escudo en campo de oro y en él torre pícara circundada de una cava o foso de agua, saliendo del homenaje un brazo que tiene pendiente de la mano un áncora ...... y en ..... escudo una orla verde y en ella siete armiños de plata

En la misma forma que está expuesta en el cuarto y último cuartel de dicho escudo queda principio en este despacho. Del matrimonio contraído entre los anunciados Antonio Fernández de Murias Mon Magadán y Agueda Fernández de la Lastra cuyas casas dejamos expresadas consta procrearon entre otros hijos legítimos a 

                                                                      IX

Joseph Fernández de Murias, Mon, Fernández y la Lastra, natural y vecino del dicho lugar de Abelleriza, en donde tuvo los mismos goces de hidalguía que sus antecesores, y habiendo casado con María López de santa Marina, hija legítima de Antonio Méndez de Zerdiva y de Ana López tuvo en ella entre otros por hijos legítima a 

                                                                      X

D. Bernardo y D. Ignacio Fernández de Murias Mon Fernández y la Lastra, a cuyo pedimiento damos este Despacho, naturales de dicho lugar de Avelleriza y vecinos de esta Imperial y Coronada Villa de Madrid, cuyas subcesiones y descendencia se comprueban y justifican desde Pedro Fernández de Murias Mon, número VII desta Genealogía hasta los dichos Don Bernardo e Ignacio número X de una Real Provisión ganada por D. Bernardo en la Real Chancillería de Valladolid, por la qual parece que era parte presentó Petición ante los Señores Alcaldes de hijosdalgo de dicha Real Chancillería, diziendo que era hijo y nieto de los mencionados hasta dicho número VII y que siendo como era Hijodalgo Notorio porque si su padre, abuelos y demás ascendientes en cuya posesión habían estado de tales en todas las villas y lugares donde avían sido vecinos y aviendo pasado a vivir a esta Corte, no le habían dado sus Ayuntamientos el estado de Hijosdalgo que le correspondía, lo cual era en perjuicio de su notoria Nobleza e Hidalguía y concluyó pidiendo se le mandase librar Real Provisión de dar estado conocido en la forma ordinaria.

Dichos señores alcaldes en su vista en 10 de Mayo de 1731 proveyeron auto, mandando despachar a dicho D. Bernardo de la Real Provisión, y en caso de que el ayuntamiento de Madrid le reconociese por Hijodalgo no le pusiesen en las listas y padrones por tal, ni le comunicasen oficios por dicho estado de Hijosdalgo asta tanto que por dichos señores alcaldes se aprobase el mantenimiento que mandase por real Provisión que en vista del y de los instrumentos de su Filiación y posesión se le despachase, trayendo testimonio de tener Vecindad, bienes o hacienda raíz en esta Corte. Habiéndose librado otra Real Provisión por este efecto en su virtud y de Inquisitoria expedida en 29 de mayo de dicho año de 31 por el señor licenciado D. José de Pasamonte del consejo de S.M., su Alcalde de Casa y Corte y corregidor Interino que entonces era de esta Villa y Corte ante Blas Domínguez, escribano de S.M. y della a pedimiento de D. Bernardo se juntó el Concejo y estado de hombres buenos de la Villa de Villanueva de Oscos en dicho principado de Asturias y en su cumplimiento nombraron Comisarios informantes para que con su citación y asistencia se Computasen diferentes Instrumentos para la justificación de la filiación y posesión que de Hijosdalgo Notorios de sangre habían tenido el dicho D. Bernardo, su padre y abuelo, en cuya consecuencia pasaron dichos comisarios al monasterio de Villanueva de Oscos, orden de san Bernardo, al lugar de san Andrés de Logares, concejo de Burón y al lugar de Biduedo, feligresía de Santalla de Oscos y habiendo precedido el beneplácito el “...” Antonio Díaz Mon, hizo saber la dicha real Provisión y Requisitoria a los curas de aquellas parroquiales para que se sirviesen de poner de manifiesto los libros de bautizados y casados que hay en ellas para sacar la compulsa de las partidas que fueron conducentes a esta parte y habiéndolo visto y entendido dijeron estaban prontos y manifestando dichos libros y registradores, con su asistencia se compulsaron todas las partidas de bautismo y casamiento y se hallaron convenir al dicho D. Bernardo que por ellas consta la legitimidad de sus padres y abuelos hasta el número VII desta genealogía en la conformidad que llevamos referido

Asimismo en continuación de lo mandado por la Real Provisión y en su Cumplimiento y de la Requisitoria D. José Fernández de Murias y Mon, Juez y Justicia ordinaria de aquella Jurisdicción de Villanueva con los demás nombrados para el efecto en once días del mes de Junio de dicho año 31 pasaron a la iglesia parroquial de Santa Eufemia de dicha jurisdicción para abrir el arca y archivos de tres llaves que hay en dicha iglesia y donde están los padrones que se hacen cada siete años y en virtud de reales cédulas. Habiendo los depositarios de las llaves abierto dicha Arca y mirado por dicho juez y demás concurrentes los padrones, se halló en todos los que se hicieron hasta el tiempo en que florecieron los incluidos en dicho número VII ser estas partes sus padres, abuelos y demás ascendientes Hijosdalgo Notorios de sangre y como tales estar incluidos y puestos en dichos padrones que se compulsaron.

Por todo lo cual habiendo asimismo percibido diferentes deposiciones de testigos por testimonio de dicho Antonio Díaz Mon ante el referido juez Don Joseph Fernández de Murias para la justificación y posesión que de Hijosdalgo, Notorios de Sangre habían tenido estas partes, sus padres y abuelos, en virtud de todo, en 19 de Julio de 1731 fueron admitidos y reconocidos por tales Hijosdalgo por el Concejo y estado de los Hombres Buenos de Villanueva de Oscos. Con cuyo testimonio y demás instrumentos por estar dichas partes en el mes de octubre de dicho año se ocurrió ante los señores alcaldes de Hijosdalgo de esta Real Chancillería y presentado petición dijeron que habiéndoles reconocido y admitido por tales hijosdalgo el concejo y estado de los hombres buenos de Villanueva de Oscos en virtud de los instrumentos que justifican su filiación y posesión suplicaron se les mandase librar Real Provisión por que dicho Concejo ratificase el reconocimiento que se les tenía hecho y en su virtud se les guardasen e hiciesen toso los honores, excepciones, preeminencias, franquezas, libertades que a tales Hijosdalgo Notorios les correspondían.

Se llevó al señor fiscal y vista su respuesta por dichos alcaldes proveyeron auto en que dijeron que estas partes usasen de su derecho y juntamente mandaron librar real provisión en su virtud y demás diligencias ejecutase lo que por ella se le prevenía y mandaba y en su cumplimiento se hizo al dicho Bernardo Fernández de Murias y Mon la admisión de Hijodalgo por el dicho Ayuntamiento en la forma que parece por testimonio dado por D. Julián Moreno Vitlodas su más antiguo secretario a seis de Noviembre del expresado año.

En ocho de Enero déste presente año por parte de dicho D. Bernardo se hizo saber dicha Real Provisión y reconocimiento al mencionado D. José Fernández de Murias, juez ordinario en la villa de Villanueva de Oscos y su jurisdicción y en habiéndola obedecido en su cumplimiento hizo juntar en su concejo y estado de hombres buenos de dicha villa por quienes en 13 días de enero de 1732 en la parte pública y acostumbrada y estando juntos la mayor parte de sus vecinos y la otra jurisdicción y otros muchos de la de san Andrés de Logares, de Murias, de Santalla de Oscos, inmediatos a dicha villa (que por prolijidad no expresamos sus nombres). Así juntos el presente escribano les leyó, notificó e hizo saber la Real Provisión, filiación y demás autos en sus personas, y habiéndolos visto, oído y entendido dijeron todos juntos, unánimes y conformes y no discrepantes los unos de los otros que en quince de Julio del año pasado le dieron al dicho D. Bernardo Fernández de Murias pretendiente al estado de caballero hijodalgo notorio así de padres y abuelos y demás ascendientes o quienes han estado en posesión y propiedad en dicha villa y sus lugares donde han sido y son naturales, tenido bienes y hacienda como les corresponde en que se ratificaron, según consta de dichos autos sin perjuicio del Real patrimonio y que de nuevo le daban el mismo estado como a tal caballero hijodalgo, limpio de toda mala raza y lo firmaron los que supieron por lo que mandó dicho señor juez se pusiese por diligencia y lo firmó y pasó ante Antonio Díaz Mon escribano de que dio testimonio. Después con dichas Reales Provisiones, instrumentos, admisiones y reconocimientos, por parte del dicho D. Bernardo Fernández de Murias y su procurador en su nombre en el mes de julio pasado de dicho año próximo pasado se le había despachado provisión de dar estado conocido, la que se hizo saber en 4 de julio del dicho año al corregidor y nobilísimo y antiguo linaje y amanece al mundo con la radiante cruz de generosos e ilustres progenitores de quienes se va ya trasfundiendo de un cuerpo en otro así lo heroico de la sangre como lo perfecto de las costumbres. Y siendo a los hombres connatural, lícito y honesto examinar su origen por saber a quien deben la generación e imitar las virtudes y gloriosas hazañas de sus ilustres ascendientes que añadieron nuevos esmaltes a sus familias a costa de afanes, trabajos, peligros y desvelos en conquistas y generosas empresas; resplandeciendo más por haber acompañado sus memorables acciones de heroicas virtudes que fueron la perfecta nobleza en todas las edades del mundo; fue siempre glorioso empeño para este intento, dedicarnos a celebrar memorias de naciones excelentes que generó la antigüedad, resucitando sus méritos, para que sirviendo de estímulo a su recuerdo a los nobles, no degeneren de la esclarecida prosapia de que provienen, antes sí sigan sus huellas; y en algún modo dilaten y perpetúen su lustre y esplendor; por cuyo motivo se tienen por tan útiles los éxitos, que nos acuerdan y señalan los antiguos y nobles troncos de que procedemos, excediendo esta memoria a la que consensúan los mármoles y bronce pues no esfuerzo desprecie el olvido, lo que debe servir de ejemplo a la posteridad.

En los linajes antiquísimos por más elevados que sean, siempre se padece alguna duda en el origen y sucesión, porque con el tiempo, con su antigüedad ha deslustrado las más acrisoladas familias del orbe y la cuna y el sepulcro igualan a todos los mortales, consiste sólo la diferencia dellos en la representación que hicieron de nobles y plebeyos en el teatro del mundo; y como con la confusión de las edades se escondieron los lustres de algunos que fueron de real origen y de grande elevación es necesario para acordar que los hubo examinar vestigios, descubriendo noticias aunque con escasa luz en los fragmentos que reservó entre sus ruinas la venerable antigüedad, tributando en tales casos alabanzas al mérito, dejándose todo a la creencia de la buena fe. Y aunque ésta algunas veces sea compañera inseparable de lo dudoso, le da fuerza de ley en materia de genealogía la tradición inmemorial continuada de padres a hijos pues como della siente S. Juan Crisóstomo en su homilía 4ª si hay tradición, no hay más que desear. Sobre este sentir afianzaremos lo que en éste asunto escribamos con la seguridad de autores muy clásicos que desvanezcan por este medio el escrúpulo en que suelen tropezar y caer aquellos que son poco versados en historias y genealogías, sospechando siempre que los escritos genealógicos abundan de adulación, sin advertir que lo que en ellos se afirma es en fe de que por tradición lo creyeron los autores y nos lo dejaron expuesto en sus historias en las que con dificultad vemos renovarse de las injurias del tiempo aquellas noticias que otras historias aseguran.

Todos los reinos y naciones del universo, aunque sean las más bárbaras han estimado más la nobleza que se hereda por sangre, juzgándola por mayor cuanto mayor es su antigüedad por ver un esplendor derivado de los ascendientes con sucesión de armas conferidas a la familia por el príncipe, por la ley o por la costumbre en recompensa de las generosas acciones de loa antepasados. Comienza la nobleza en su sujeto esclarecido, crece en sus hijos y se perfecciona en sus nietos, siendo común opinión que los virtuosos y los fuertes proceden de otros buenos, fuertes y victoriosos por ser las glorias de los progenitores sonoros clarines que despiertan a los descendientes, persuasivas voces que mueven las ánimas y vivas centellas que inflaman los corazones para emprender con sus nuevos realces heroicas proezas, propagándose en los hijos de la virtud heredada de sus padres. Y así, ordinariamente vemos derivarse los varones insignes de las casas nobles porque con el lustroso origen llegan más fácilmente a conseguir la inmortalidad de la fama, pues la consideración de los memorables ascendientes trae consigo una obligación previa de no degenerar de aquella decorosa sangre dilatándola en relevantes esplendores.

LOS QUE FLORECEN en la esclarecida familia del apellido de Murias son tan antiguados, de tal generosidad y nobleza que no los publican las historias y nobiliarios de España; porque si las leyes del emperador Justiniano y del rey D. Alonso el sabio de Castilla asientan por indubitable que tanto mayor es la nobleza de un linaje cuanto es más antiguo, éste de Murias goza déste privilegio pues todos cuantos autores tratan del, convienen en que permanece con realzados esplendores desde la memorable e infeliz pérdida de España por el Rey D. Rodrigo, último de los españoles godos el año de 731 en la batalla que se dio a orillas del río Guadalete cerca de la ciudad de Jerez de la Frontera, por la cual quedando los moros dueños y señores desta corona, sin repugnancia alguna se vieron precisados los ancianos y nobles godos que no quisieron quedar sujetos a la infame servidumbre mahometana y a su bárbara furia a ampararse de las asperezas incultas del reino de Galicia, Principado de Asturias, montañas de Burgos y montes pirineos y de los naturales que habitaban las regiones en donde unos y otros unidos por causa tan común y de que dependía su libertad supieron, ya que no del todo destas regiones, porque de algunas partes dellas se apoderaron los árabes, defender valerosamente los distritos donde se habían refugiado, de forma que nunca pudieron entrarlos los moros. Viendo pues aquellos valerosos héroes el infeliz estado desta monarquía y los Cottos límites a que estaban reducidos por hallarse cercados por todas partes de tanta infiel canalla determinaron auxiliados de Dios de emprender la más milagrosa empresa que el juicio humano pudo divisar, de dar principio a la deseada recuperación de los reinos, para lo cual conociendo que cuerpo sin cabeza es monstruo y que déste no pueden nacer buenos efectos, trataron de elegir rey que los acaudillase y gobernase en paz y en guerra para con su dirección resistir mejor a los enemigos y ejecutar la conquista. Y así los que había refugiados en los montes pirineos y sus naturales con éste motivo eligieron por rey al indito conde D. García Jiménez, en quién tuvieron príncipe los serenísimos reyes de Aragón y Navarra por cuyas partes comenzaron tan dichosa empresa, y los que se habían retirado a las fragosidades del principado de Asturias y montañas de Burgos y los insignes campeones naturales de sus regiones, conociendo para tan glorioso efecto los excelentes vínculos y prendas que resplandecieron en el feliz infante D. Pelayo, hijo del duque de Cantabria y el justo derecho que tantos títulos a ésta corona tenía como nieto de los reales monarcas godos congregados en Covadonga montaña de Asueva sobre el valle de Cangas, cerca del lugar de Riera, en el dicho Principado de Asturias lo eligieron por su rey y natural el año de 718.

Con éste pues dichoso caudillo fue fácil a aquellos primitivos restauradores de la corona castellano y leonesa el lograr tan glorioso intento; pues en breve tiempo consiguieron a costa de increíbles hazañas el desalojar a los moros de las tierras y plazas fuertes de que estaban apoderados en algunas partes del referido principado; de manera que quedaron los invencibles ancianos por dueños y señores del, enteramente y libre el paso para comunicarse con los que se habían refugiado en el reino de Galicia, que noticiosos de tan felices sucesos vinieron alborozados a prestar la obediencia al rey D. Pelayo y a reconocerle por su rey y señor y a ayudarle y servirle en tan general beneficio.

Sucedió en la corona y en su triunfo al rey D. Pelayo el invencible señor D. Alonso 1º, cognominado el católico, el cual deseando continuar tan heroica empresa y ensanchar los límites de su pequeña monarquía, hallándose ya con más crecido número de gente, así de los naturales della como de los extranjeros que concurrían a la fama de tan gloriosa conquista; saliendo de los reinos asturianos comenzó a hacer cruda guerra y fatigar a los infieles por el reino de Galicia hasta desarraigarlos de todo punto del, con haberles ganado las fuerzas y fortalezas de que en dicho reino se habían apoderado y descendiendo después a lo que ahora se llama reino de León, ganó dicha ciudad y otros lugares, de manera que fueron los cristianos mejorando de partido y los moros cobrando horror y miedo a sus victoriosas armas y a no hacer dellos desprecio.

Premiaron dichos señores reyes a aquellos primitivos héroes que concurrieron en obras tan felices como repetidos progresos en el primitivo en el principio de la recuperación destos reinos con heredarlos en las tierras conquistadas a unos más y a otros menos, conforme a sus esclarecidas proezas y alta calidad. Por lo que pasa su seguridad y defensa y asimismo para perpetuo monumento que permanentemente indicase a la posteridad las insignes virtudes y méritos que resplandecieron en los caballeros y para afianzar la subsistente memoria de sus heroicas hazañas, fundaron en los sitios de las tierras donde fueron heredados sus casas fuertes a quienes dieron unos por apellidos, otros el de sus propios sitios y otros el que consiguieron por señalado hecho de valor en alguna empresa, de manera que con esto consiguieron el conocerse y distinguirse los descendientes, que de cada uno dellos provienen y eternizan en su líneas los heroicos timbres que adquirieron. Estas pues casas fuertes son las que hoy llamamos casas solariegas porque como sus altos progenitores han construido en ellas caudalosos raudales de tan copiosa nobleza como en estos reinos tiene origen de los solares y casa fuertes infanzonadas del dicho principado de Asturias, montaña de León y de Burgos, Reino de Galicia y otras partes desta católica corona, se manifiesta por ellas el realce que gozan los linajes que logran tener tan ilustre tronco que son interesados en la gloriosa restauración desta monarquía.

Entre las nobles familias que quedaron ilustradas con esta tan notable prerrogativa, una fue dellas esta del esclarecido apellido de Murias de a donde le tomó y le dio a dicho lugar como su principal poblador que por su grande immemorialidad se ignora como también de a donde provino y quien fue su ilustre progenitor. El cual dicho lugar de Murias está sito en la feligresía de Rano, concejo de Navia de Suarna, reino de Galicia y obispado de Oviedo. Déste, pues, nobilísimo tronco déste linaje son tan repetidos los varones ilustres y ramas calificadas que han producido que ellos solos aun cuando esta casa no tuviera los esmaltes tan asegurados de su inmemorial nobleza, bastarían para darle el gran lustre y esplendor que goza. Pero para que esto no quede sólo en ponderación, ciñéndose a este asunto expresaremos dellos aquellos cuyas grandes prendas, correspondiendo a obligaciones de la sangre con que nacieron, no sólo conservaron los realces heredados sino que antes bien los afianzaron más añadiéndoles nuevos timbres por sus heroicos servicios ejecutados en servicio de los señores reyes desta corona.

Es uno de los memorables héroes desta familia que merece particular elogio y de quien por la infamia de los tiempos se tiene primeramente el lustre Alonso Sánchez de Murias, señor desta noble casa, el cual con su hijo Diego Álvarez de Murias sirvió valerosamente a los señores reyes D. Fernando el tercero y D. Alonso el sabio, su hijo en todas las ocasiones de paz y guerra que se ofrecieron en sus tiempos. Principalmente en las célebres conquistas de las ciudades de Sevilla y Jerez de la Frontera. Juan Fernández de Murias, que asimismo es lustre de su familia fue uno de los más valerosos soldados que florecieron en el reinado del señor rey D. Alonso el sabio en cuyo tiempo se halló en la primer victoria y triunfo que consiguieron sus armas de los moros, el año de 1330 y el de 1332 en la famosa y milagrosa batalla del Salado en donde vencieron los cristianos con el favor de Dios y con asistencia de nuestro patrón Santiago, en la cual fueron muertos doscientos mil moros o como quieren otros autores trescientos mil.

Es también digno de mención Domingo García de Murias por haber acreditado las obligaciones de sangre con que nació ejecutando valerosas acciones en servicio del Señor Rey D. Juan 2º de Castilla en la gran batalla que hubo en la entrada de la Vega de Granada a 27 de Julio de 1131 con Mahomad el izquierdo rey de Granada a donde acreditando últimamente su fineza en defensa de su ley y su rey, murió como valeroso campeón peleando con los moros hasta derramar la última gota de sangre.

No merece menos estimación entre los muchos héroes que ha producido la referida nobilísima casa solar déste apellido de Murias, sita en el lugar de su mismo nombre , feligresía de Rano, el esclarecido Santiago ......... de Murias, el cual sirviendo a los señores Reyes Católicos D. Fernando y Dª Isabel fue uno de los seiscientos hombres que capitaneados del obispo de Ávila D. Alonso de Fonseca que después fue arzobispo de Santiago y de Sevilla tomaron por asalto el año 1477 la ciudad de Toro que estaba por el rey D. Alfonso 5º de Portugal , por lo cual mereció el mencionado Santiago que dichos señores reyes le honrasen particularmente armándole caballero que en aquellos tiempos era de grande estima, en cuya recompensa sirvió después como tal en todas las ocasiones que ofrecieron sin faltar a su obligación con gran amor y lealtad en el asedio y toma de la ciudad de Granada que fue el año de 1492. Y aunque pudiéramos dilatarnos más en referir otros muchos héroes que como las que dejamos expresadas son honor desta nobilísima familia y también otros campeones que no contentos con tener en estos reinos adquiridos los timbres que son notorios han dilatado sus glorias por el nuevo mundo siendo conquistadores de las Indias en donde obtuvieron los empleos y cargos que sus hazañas merecieron. Lo omitimos por ceñirnos al asunto que se nos pide y para quedar con lo mencionado bastantemente manifestada la grande antigüedad, notoriedad e hidalguía de la ilustre casa solar déste enunciado apellido de Murias, sito en dicha feligresía de Rano, todo lo cual, en la forma que llevamos referido, tocante al nobilísimo origen quedamos a esta familia y héroes que della han provenido, expresan más latamente todos los autores que tratan della, especialmente Diego de Urbina, cronista y rey de armas que fue de los señores reyes D. Felipe 2º y 3º y regidor de Madrid en su tomo 2º original de armas, casas y solares al folio 25 A. b. Jerónimo de Villa, cronista y rey de armas que fue del rey D. Felipe 4º en su tomo original, continuado por Aguirre y el D. Ysasti al folio 360 y 363 y el cronista D. Lázaro del Valle y de la Puerta en su tomo original de armas, casas y solares, 2º en número de nuestro archivo al folio 236. Los cuales, pasando después de dar tan ilustre principio a la dicha casa solar déste linaje a tratar particularmente della, convienen en que es infanzona y de armería teniendo como tal su escudo, insignias y blasones y que della en todos tiempos han salido muy buenos hijosdalgo que han repartido por diferentes partes del reino de Galicia, Principado de Asturias y otras desta monarquía, siendo en todas ellas donde han hecho su asiento y morada temidos y reputados por caballeros, nobles hijosdalgo, gozando de todas las excepciones, honras, franquezas, libertades y preeminencias de que gozan y deben gozar los caballeros nobles, hijosdalgo, notorios de sangre, de casa y solar conocido desta corona, quieta y pacíficamente, sin contradicción alguna, libres de no pechar, ni contribuir, como no han pechado ni contribuido en ninguno de los pechos y tributos en que pechan y contribuyen, que repartido y echado a los buenos hombres pecheros de que han sido y son ejemplos como los demás hijosdalgo destos reinos, obteniendo los oficios públicos, alcaldes y regidores y otros que por privilegios de los señores reyes repartieron siempre y reparten a la gente noble.

Y últimamente continuando dichos autores en la relación desta casa de Murias dicen que las armas que corresponden y han usado y deben usar sin mutación sus legítimos descendientes se componen y organizan de Escudo el campo de oro, en él águila negra, volante y rapante, que son en la conformidad que miran iluminadas en el primer cuartel del escudo que va por cabeza desta certificación. Habiendo pues esta esclarecida familia manifestádose en el enunciado lugar de su apellido Murias no menos fecundo que noble y comunicando los raudales de su sangre por diversas partes de aquel concejo de Navia, reino de Galicia y Principado de Asturias una de las ilustres líneas della que más sobresalen y campean es la que quedó perpetuada y radicada en dicho lugar de Murias y concejo de Navia, por ser la que sigue la troncal de adonde las demás que florecen con este apellido en éstos reinos traen su origen porque tratando latamente della Rodrigo Méndez Silva, ministro del supremo consejo de Castilla y cronista general desta corona en más certificación que dio déste apellido en 20 de Agosto de 1652, que original está en el tomo de genealogías, armas y solares (29 en número), dice que continuando los descendientes déste noble tronco en aquel concejo y lugar de Murias, los esplendores de su notoriedad e hidalguía de sangre gozaron sucesivamente, sin interrupción del estado distintivo debido a su notoria calidad. Y que del dicho tronco dando principio a la genealogía desta casa procedió legítimamente por línea recta a varón. 

                                                                             I

Diego Álvarez de Murias que alcanzó el reinado del rey D. Juan el 2º el de D. Enrique 4º el cual tuvo por hijos legítimos

                                                                             II

Diego Álvarez de Murias y a Juan Álvarez de Murias, y este segundo fue a vivir al lugar de roblado que es en la misma feligresía de Rano y el más inmediato al de Murias para cuya causa los descendientes del dicho Juan mudaron el apellido de Murias al de Roblado, tomándolo del lugar a donde fue a vivir. Lo cual añade más lustre a esta familia de Murias que se halla constituida por progenitora de otro linaje tan distinto como el de Roblado que para manifestar la calidad que le adorna, no sólo en los padrones, sino también cuando se ofrece haber alguna información, prueba la descendencia que viene de la mencionada Murias. Dicho Diego Álvarez, hermano mayor del referido Juan se quedó en dicho lugar de Murias y casó en la casa de Tormaleo que está en el concejo de Ibias, en el principado de Asturias, con una señora llamada María Álvarez de Tormaleo en quien entre otros procreó por hijo legítimo a 

                                                                           III

Diego Álvarez de Murias y Tormaleo, que casó en la casa de Ibias (una de las nobles y conocidas en dicho principado) con una señora llamada Velasquida Pérez de Ibias en la cual tuvo por hijo primogénito a

                                                                             IV

Arias Pérez de Murias y Ibias que casó en la casa de Villarín que está también en el concejo de Ibias y es una de las antiguas y nobles que hay en él con una señora llamada Catalina Rodríguez de Villarín, en quién procreó por hijos varones a

V

Marcos Pérez de Murias, a Pedro Álvarez de Murias, a Rodrigo Alonso de Murias y Villarín. El dicho Marcos hijo primogénito de dicho Aria Pérez tuvo dos matrimonios, el primero fue en la casa de Donís con una señora llamada Inés Díaz de Donís, en quien tuvo por hijo primogénito a Domingo Pérez de Murias y Donís que casó en la casa de Valledor, en el Principado de Asturias, muy conocida y nombrada con una señora llamada Inés López Valledor en la cual tuvo por hijos a

Pedro Álvarez de Murias, a Marcos Pérez de Murias y Valledor, de quien hay sucesión.

El segundo casamiento del referido Marcos fue con Magdalena Rodríguez de Monesterio y Llamas, descendiente de dichas casas con quien tuvo hijos varones que fueron eclesiásticos.

El enunciado Pedro Arias de Murias y Villarín hijo segundo del dicho Arias Pérez fue quién habiéndose caído en su tiempo la antigua casa de su apellido de Murias labró otra por su conservación a cosa de veinte pasos de la primera y habiendo casado con Dª María de Limia y Salgado tuvo en ella por legítima a

Dª. Juana Álvarez de Murias que casó con D. Diego Queipo de Llano y Flórez, caballero de la orden de Santiago, natural de concejo de Cangas y Tineo, en el dicho Principado de Asturias, que tuvieron por hijo a

D. Manuel Queipo de Llano y Murias, caballero asimismo de la orden de Santiago y de quien hay ilustre sucesión

El expresado Rodrigo Álvarez de Murias y Villarín, hijo tercero de los referidos Arias Pérez de Muras y Ibias y de Catalina Rodríguez de Villarín, inclusos en el número IV de la genealogía, casó en la casa de Meda, que es rama de la casa de Rano con una señora llamada Teresa Pérez de Meda y Uría en quien procreó por hijos legítimos a 

                                                                       VI

Juan Alonso de Murias y Pedro de Murias y Meda.

El dicho Juan Alonso fue muchos años merino del concejo de Navia por el conde de Altamira y en su tiempo trasladó al lugar de Ermita de san Mamed o san Donato que estaba fuera y puso en ella una imagen de la Concepción y un círculo de las armas de su casa y murió sin dejar legítima sucesión.

El referido Pedro de Murias y Meda hermano del susodicho Juan Alonso casó con María Fernández de Mon, descendiente desta ilustrísima casa en el principado de Asturias. De la cual, por pertenecer a las partes para quien escribimos y por conservar sus apellidos por conjunto con el propio de Murias pasaremos a hacer della una breve expresión de su origen y notoriedad conforme los autores deducen y vecinos de la dicha Villanueva de Oscos donde es natural, que ésta había nombrado sus infanzones, las que pasaron y sacaron sus fes de bautismo y otros instrumentos con que calificaron su filiación, como también con testigos de vista, trato y comunicación y con los patrones dichos en dicha villa desde el año pasado de 1680, por donde se justificó la posesión que había tenido de hijodalgo por sí, su padre y abuelo y que con vista dello el referido concejo y estado llano de dicha villa en 15 de julio del año pasado le reconocieron por tal hijodalgo, y así suplicó, se le despachase provisión se dio traslado al fiscal y respondió no correspondía mediante haber comunicado en dicha villa de Villanueva de Oscos los goces de hijodalgo y en cuanto a los demás lugares debía usar de su derecho y en su vista se mandó usase de él como le conviniese y para hacerlo con el ayuntamiento de la villa de Madrid para quien se le había librado real provisión de dar estado conocido se despidió nuevo despacho con inserción de lo referido en 16 de Octubre, y en 26 de dicho mes hizo presentación de dichas provisiones e instrumentos en dicho ayuntamiento; el cual habiendo votado sobre su aprobación y si había de ser admitido para elección de alcalde de Mesta por el estado de noble, se le admitió a ella. Como consecuencia de la certificación que con los demás instrumentos presentó y juró pidiendo se mandase dar real provisión para que estando del mismo acuerdo el ayuntamiento de Madrid ratificase la aprobación que tiene hecha y le hagan guardar los honores, franqueza y preeminencias, honores y libertades que como tal caballero hijodalgo le corresponde.

Lo que visto por dichos alcaldes de hijosdalgo, para auto que proveyeron en 21 de Julio pasado del presente año se mandó dar traslado al fiscal, quien en su vista dijo que con las potestades ordinarias vista la petición y papeles que se presentaron se llevase al relator. Esto respondió en 28 de Julio de 1732.

Y en vista de dicha respuesta y demás autos por los dichos alcaldes de los hijosdalgo, se dio el auto del tenor siguiente: Despachó-se la provisión a la parte de D. Bernardo Fernández de Murias para que el ayuntamiento de Madrid se junte según y como es costumbre, siendo la mayor parte, vean la admisión y reconocimiento que de hijodalgo tiene el dicho D. Bernardo en virtud de la provisión de darle estado conocido y justificación en su virtud hecha y estando de un mismo acuerdo y parecer, usando de su derecho por ahora, y sin perjuicio del real patrimonio aprueben y ratifiquen dicha admisión, repongan y asienten en las listas y padrones de hijosdalgo y le guarden franqueza por tal y tilden y borren de las por-pechero si le hubiesen puesto en ellas y si por lo referido se le hubiesen sacado prendas o maravedíes, se los devuelvan y restituyan libremente y sin costa alguna y se le de por testimonio para en-guarda de su derecho en relaciones. Valladolid y Agosto 29 de 1732. Campuzano.

Y conforme a lo referido fue acordado por dichos señores dar carta y real provisión por el ayuntamiento de esta villa de Madrid y teniéndolo por bien, por ella mandaron que siendo requeridos por parte del dicho D. Bernardo Fernández de Murias, vecino de dicha villa se juntasen como lo tiene de uso y costumbre y estándolo y siendo la mayor parte, le guarden, cumplan y ejecuten dicha real carta y provisión en todo y por todo, según se les previene y manda por ella y en su ejecución y cumplimiento estando de un mismo acuerdo y parecer, usando de su derecho por ahora y sin perjuicio del real patrimonio ratifiquen la admisión y reconocimiento que de hijodalgo tienen fecho al dicho D. Bernardo Fernández de Murias, sentándole y haciendo se le guarden todas las honras, franquezas y libertades que se han guardado y guardan a los demás hijosdalgo y le honrarán y harán se la tilde en las listas de pechero y si en ellos se le hubiese puesto, volviéndole cualesquiera prendas, si se las hubiesen sacado libremente y sin costa alguna y todo ello se lo harán dar por testimonio juntamente con esta real carta para en-guarda de su derecho. Cumpliendo en todo con lo que se les manda, sin contravenir en manera alguna pena de la real merced y de veinte mil maravedíes para la real cámara, por la cual se le manda a cualquier escribano la notifique y que dello de fe, dada en Valladolid a cinco de septiembre de 1732, la cual está firmada de D. Pedro Jacinto de Arriaga, de D. Gaspar Vázquez Tablada, D. Nicolás Alonso de Velasco, y refrendada de D. Manuel Francisco Ciega, secretario de cámara por ausencia del secretario Villegas, la que he reconocido y visto para efecto de dar este blasón y que he vuelto original a la parte del dicho D. Bernardo Fernández de Murias, de quién dejamos plenamente probada la notoriedad, nobleza e hidalguía escritas cuatro casas y solares de que desciende, lo que corrobora y amplía las armas que por el lustre le corresponden y que van diseñadas en el escudo que da principio a la certificación el que claramente denota por los metales y colores y figuras de que se organiza la antigüedad y nobleza dellas. Pues, según el señor D. Martín de Vizcaya, Pedro Crinto, el licenciado Francisco Valonga Gatuelas, Garibay y todos los demás asimismo que expresan los significados de los metales y colores y figuras de que se organizan, para mayor claridad y conocimiento de ellas y sus significados los ponemos en esta conformidad.

                                                                       METALES

El oro que es el más noble de los metales, corresponde el color amarillo y representa, de las virtudes, la justicia y de las calidades mundanas la nobleza, el esplendor del linaje y la constancia que tuvieron sus héroes en la defensa de sus príncipes, hasta verter la última gota de sangre, manifestando el metal de oro y plata más estimación en los blasones de armas por ser ley heráldica practicada en todos los reinos para que ninguna persona pueda pintar oro ni plata no siendo caballero armado en una de las ordenes militares o hijosdalgo de sangre de casa y solar conocido, como es el expresado D. Bernardo.

                                                                COLORES Y FIGURAS

El azul corresponde al elemento de aire y significa de las virtudes la justicia y de las calidades mundanas la alabanza y nobleza de las familias, el celo y la lealtad que tuvieron sus memorables varones.

El verde corresponde a al elemento del agua y de las virtudes simboliza la esperanza de las calidades mundanas, la honra del linaje, el campo de batalla que sus esforzados ascendientes tuvieron en defensa de sus monarcas y los grandes servicios que les hicieron.

El rojo simboliza el fuego y de la virtudes significa la caridad y de las calidades mundanas la nobleza de linaje, valor y atrevimiento que tuvieron los destas familias en las empresas y las victorias y vencimientos de sangre que consiguieron de los enemigos.

El color negro corresponde a la tierra y significa de las virtudes la prudencia y de los accidentes mundanos la firmeza y constancia en servicio de los príncipes, la obediencia que les ofrecieron, la muerte que por ellos padecieron y el silencio y secreto que observaron en las empresas que les fiaron.

El Águila es una de las excelentes piezas de las armerías, concedidas sólo a los que exceden con valor, generosidad y braveza a los demás, ejecutando proezas señaladas en el servicio de sus reyes y significa victoria conseguida con presteza y ligereza.

Las lises representan floridos hechos en los esclarecidos varones de los linajes que los usan y son símbolo de la esperanza concediéndose por haberlas ganado en trance de batalla a caballero francés que las traía por divisa y en algunas familias por participación con aquella real casa.

El hombre representa la constancia, superioridad y fortaleza, atributos que denota haber tenido el esclarecido progenitor desta casa, y el tener las espadas y brazo armado al pie denota vencimiento que logró con vencimiento de su contrario

Los lebreles atraillados a la encina son comparados a la vigilancia por la propensión que tienen a guardar a sus dueños aludiendo tambien a los esforzados guerreros que asolan a los enemigos afuera de los límites de su patria, aludiendo tambien a los servicios hechos a los reyes no solo con valor y fidelidad sino también con celeridad y prontitud.

El castillo que en armería sólo se concede a aquellos a aquellos que lo ganan por fuerza, por asalto o por haber sido de los primeros en avanzar su brecha o muralla o defienden con esfuerzo y valor, representa las familias que le traen en armas de haberle ganado o defendido alguno de sus ascendientes por fortaleza de virtud personal o poderío.

El brazo armado con el áncora en la mano representa la seguridad y fortaleza en la gloriosa defensa que aseguraba su defensor del castillo contra las invasiones de sus contrarios.

Las orlas es una presa honorable que rodea la circunferencia de los escudos o cuarteles sin dejar intervalo entre ella y los extremos de él, es símbolo de protección de favor y recompensa, sirviendo como de repaso a los esforzados guerreros que sacaron el combate, manchadas las armas con la sangre de los enemigos de su rey.

Las aguas que están en dicha orla significan haberse hallado en servicio del santo rey D. Fernando en la victoria que se consiguió de los moros día del apóstol Andrés año de mil doscientos y veintisiete, en el socorro y defensa del alcázar de la ciudad de Baeza.

Los armiños representan la limpieza de los linajes y la lealtad que los caballeros de ellos han tenido porque los armiños son animales muy limpios y así su empresa dice “malo mori quam fedari”, dando a entender que es mejor morir por conservar la honra que con vileza sustentar la vida.

El roble manifiesta la valentía y esfuerzo de los invencibles héroes.

Las ondas de agua y foso del castillo representan los contrastes padecidos con valor y sufrimientos.

La celada que corona el escudo es la primera pieza de las armas, así como la cabeza lo es del cuerpo humano, por cuya defensa fue instituida, de donde provino para distinguirse los caballeros por su nacimiento y calidad de la gente común el ponerla sobre sus escudos, siendo la situación de la celada el estar terciada y de perfil mirando al lado diestro, porque exponerla contornada al lado siniestro es señal de bastardía y representa los generosos pensamientos y expediciones, guerras que la cabeza proyecta y la mano ejecuta.

Por todo lo cual habiéndonos ceñido al breve asunto de certificación de armas y dejado bastamente expresada la grande antigüedad y nobleza de estos cuatro solares que quedan enunciados y pertenecen al dicho D. Bernardo Fernández de Murias, deduciéndolo de lo que los autores citados nos exponen que originales tenemos en nuestro archivo y hemos reconocido para este efecto expresando todo lo que va enunciado los méritos, servicios y dignidades obtenidas por sus ascendientes y ser sus armas en la misma forma en que están pintadas en el escudo que antecede y son en la conformidad que las debe poner, usar y pintar el expresado D. Bernardo Fernández de Murias como legítimo descendiente de estas nobilísimas casas y solares, cuya justificación enteramente probada en la real chancillería de Valladolid y en esta corte y villa de Madrid y en los lugares de su origen y naturaleza, como más largamente consta de dichas reales provisiones, listas de padrones, fes de bautismo, desposorios, admisiones y demás instrumentos, que en fuerza dellas y a su continuación se han hecho en las partes donde a dicho D. Bernardo le convino a su derecho (como dejamos ya mencionado) y de ellas más latamente consta a la que me remito como prueba de autoridad de su nobleza e hidalguía y notoriedad.

Y para que conste que los legítimos descendientes de las expresadas casas y solares, infanzonadas, puedan usar de las referidas armas, timbres y blasones, colocándolas en sus sellos, anillos, reposteros, tapices, acémilas, alfombras, tiendas de campaña, casas, capillas, portadas, sepulturas, sepulcros, cenotafios, banderolas, sobrevistas, pinturas, plata labrada, y otras alhajas como más bien visto les sea en público y en secreto sin que por ello se les ponga embarazo ni impedimento alguno por ningún tribunal eclesiástico ni seglar, entrar con ellas en desafíos de campaña, justas, sortidas, saraos, y otros actos de honor permitidos a los caballeros nobles hijosdalgo de España de pedimento del D. Bernardo y D. Ignacio Fernández de Murias Mon y La Lastra, hermanos, damos este despacho firmado de nuestra mano y sellado con el sello de nuestras armas en esta imperial y coronada villa de Madrid en diecisiete días al mes de Diciembre de mil setecientos y treinta y dos.

D. Juan Alfonso de Guerra y Sandoval.

Los escribanos del rey y servicio publico y el número desta imperial y coronada villa de Madrid que aquí signamos y firmamos, certificamos y damos fe que D. Juan Alfonso de Guerra y Sandoval, caballero de la orden de Santiago, de quien parece firmada la certificación de armas antecedente de los apellidos de Murias, Mon, Fernández y La Lastra, es cronista y rey de armas del rey nuestro señor D. Felipe Quinto (que Dios guarde), en todos sus reinos, dominios y señoríos, como se intitula, fiel y leal y de toda confianza, como tal usa y ejerce dichos sus empleos, y a todas las certificaciones, escrituras, entronques y genealogías que ha dado siempre se les ha dado y da entera fe y crédito, en juicio y fuera de él. Ya para que así conste donde convenga, damos la presente en esta dicha villa de Madrid en diecisiete días del mes de Diciembre de mil setecientos y treinta y dos años.

En testimonio de verdad Alfonso Jacinto Vecino, En testimonio de verdad José de Guazdelmino.

D. Diego de Oliden ejecutan .... y mayor del ayuntamiento desta imperial y coronada villa de Madrid, certifica que D. Juan Alfonso de Guerra y Sandoval, caballero de la orden de Santiago, de quien parece firmada la certificación de armas antecedente de los apellidos de los apellidos de Murias, Mon, Fernández y La Lastra es cronista y rey de armas del rey nuestro señor D. Felipe Quinto (que Dios guarde) en todos sus reinos, dominios y señoríos, como se intitula fiel y legal y de toda confianza y como tal usa y ejerce dichos sus empleos y a todas las certificaciones, escrituras, entronques y genealogías que ha dado y da entera fe y crédito en juicio y fuera de él. Asimismo certifico que los tres testimonios que lo comprueban son escribanos del número desta dicha villa, fieles, legales y de toda confianza y como tales usan y ejercen dichos sus oficios y a todas las escrituras, autos, certificaciones y demás instrumentos que ante ellos han pasado y pasan siempre se les ha dado y da entera fe y crédito, así en juicio como fuera de él. Y para que así conste donde convenga doy la presente firmada de la mano y sellada con las armas desta dicha villa de Madrid, en ella en diecisiete días del mes de Diciembre de mil setecientos y treinta y dos años. D. Diego de Oliden.